La palabra «inflamable» es un punto de partida, no un dictamen sobre el almacenamiento. Para saber qué regulación revisar hay que identificar el producto, entender qué expresa su ficha de datos de seguridad (FDS), conocer el tipo de recipiente y reunir los datos del emplazamiento. Solo entonces puede contrastarse el ámbito de una instrucción técnica complementaria (ITC). Esta página ordena ese cribado documental; no diseña una instalación ni determina que un almacén concreto cumpla la normativa.

El ejemplo de producto que aparece más adelante es la FDS española de éter dietílico Merck 1.00923, versión 8.9. Sus valores sirven para mostrar cómo se leen campos distintos de la sección 9.1. No describen un centro, un lote presente en una planta ni una decisión real de almacenamiento.

La ficha se consultó el 8 de octubre de 2026; su versión indica revisión de 12 de marzo de 2025 e impresión del 13 de marzo de 2025. FDS Merck 1.00923, identidad y versión, impresa p. 1.

Qué tiene que resolver el cribado

La revisión separa tres preguntas: qué producto describe la FDS, qué propiedad declara y si los datos del almacenamiento encajan en el ámbito de una ITC. La ficha documenta el producto; no clasifica por sí sola el recinto ni confirma cumplimiento. La palabra «inflamable» inicia el contraste, pero no lo resuelve.

La clasificación CLP y la clasificación APQ son preguntas distintas

La sección 2.1 de una FDS indica la clasificación de la sustancia o mezcla conforme a los criterios del Reglamento CLP. APQ-1 utiliza sus propias categorías para productos en recipientes fijos. Compartir la palabra «inflamable» o una expresión de peligro no hace intercambiables las dos clasificaciones.

En mezclas, el Reglamento europeo también establece cómo informar sobre la clasificación y sobre ciertas propiedades cuando estén disponibles. Reglamento (UE) 2020/878, anexo II, parte B, §§2.1 y 9.1(h), DO L 203 pp. 33 y 44, PDF físico pp. 6 y 17; Real Decreto 656/2017, APQ-1, art. 4, impreso pp. 65769–65770, PDF físico pp. 23–24.

Para documentar el cribado sin convertir una clasificación en otra:

  1. Producto: confirma el identificador, composición o concentración, proveedor y revisión de la FDS.
  2. CLP: transcribe la clasificación de §2.1; no la traduzcas directamente a una instrucción de almacenamiento.
  3. Propiedades: revisa en §9.1 el punto de inflamación y otros datos pertinentes, con sus unidades, método y condiciones.
  4. Instalación: registra recipiente, cantidad, ubicación y relación con una unidad o actividad de proceso.
  5. ITC: contrasta el conjunto con los artículos de alcance, exclusiones y clasificación aplicables.

Qué dice cada campo de la sección 9.1

La sección 9.1 reúne propiedades físicas y químicas básicas. El Reglamento (UE) 2020/878 prevé que se indiquen claramente los casos en que una propiedad no sea aplicable o no haya información, dando los motivos cuando sea posible. También pide identificar las propiedades declaradas y sus unidades; cuando sea pertinente para interpretar un valor numérico, se debe indicar el método de determinación y las condiciones de medición y referencia.

Para mezclas, el punto de inflamación de la mezcla se indica si está disponible; en otro caso, se indican los puntos de inflamación de las sustancias con los valores más bajos. Reglamento (UE) 2020/878, anexo II, parte B, preámbulo de §9.1 y letras (h)–(j), DO L 203 pp. 43–44, PDF físico pp. 16–17.

La FDS Merck 1.00923 ilustra por qué no conviene leer la sección como si fuese un único «valor de inflamabilidad». La versión 8.9 identifica el producto como éter dietílico EMPLURA, artículo 100923, CAS 60-29-7. Su §2.1 lo clasifica como Flam. Liq. 1, H224. En §9.1 aparecen campos separados: punto de ebullición inicial, punto de inflamación, temperatura de autoignición y temperatura de descomposición.

El punto de inflamación figura como −40 °C, copa cerrada, método DIN 51755 Parte 1; la autoignición se indica como 175 °C a 1.013,25 hPa y la descomposición como «Sin datos disponibles». El método se menciona en la línea del punto de inflamación, no como método común de todos los campos. FDS Merck 1.00923, §2.1, impreso p. 1; §9.1, impreso p. 7, PDF físico pp. 1 y 7.

Campo de la FDS 1.00923 v8.9 Valor declarado Lectura limitada
Punto de ebullición inicial 34,6 °C a 1.013 hPa Es un dato distinto del punto de inflamación
Punto de inflamación −40 °C; copa cerrada; DIN 51755 Parte 1 El método se aplica a esta línea concreta
Temperatura de autoignición 175 °C a 1.013,25 hPa No es el punto de inflamación
Temperatura de descomposición «Sin datos disponibles» No aporta un valor medido ni una conclusión sobre almacenamiento

La columna «Lectura limitada» es una aclaración editorial. La FDS no identifica un lote almacenado ni describe un recipiente o instalación. Tampoco basta para asignar una clase APQ: la ficha y la tabla reglamentaria responden a preguntas distintas.

Esta ficha corresponde a una sustancia concreta, no a una mezcla: identifica el éter dietílico, CAS 60-29-7. Para mezclas, identifica la composición documentada antes de asociar un valor; no atribuyas a un producto comercial el dato de un ingrediente solo porque el nombre se parezca.

Dos fichas, un mismo CAS: conserva qué declaró cada proveedor

Cuando un expediente reúne fichas de proveedores distintos, comparar sus campos ayuda a conservar qué información acompaña a cada cifra. Este ejemplo se limita a dos documentos que identifican éter dietílico, CAS 60-29-7.

Ficha consultada Punto de inflamación en §9.1 Método que declara la ficha
Merck/Millipore, EMPLURA, artículo 100923, versión 8.9, revisión 12 de marzo de 2025 (FDS, §9.1) −40 °C Copa cerrada; DIN 51755, parte 1
Thermo Fisher Scientific, FSUD2450, revisión 7, 19 de octubre de 2023 (SDS, §1.1 y §9.1, pp. 1 y 8) −45 °C «Method - No information available»

Las fichas declaran valores separados por 5 °C, pero no explican por qué difieren. Thermo Fisher enumera varios números de catálogo, así que esta comparación no demuestra que ambas fichas correspondan a la misma presentación comercial.

En un registro comparativo, conserva cada valor con proveedor, producto, CAS, revisión y método tal como aparece. Si falta el método, anótalo como no informado; no promedies las cifras ni conviertas la diferencia en una clasificación APQ.

Qué mira APQ-1 y qué deja pendiente

El título de MIE APQ-1 se refiere a recipientes fijos; el Reglamento también enumera MIE APQ-10 para recipientes móviles. Identificar el recipiente orienta qué texto consultar, pero no resuelve por sí solo el resto del ámbito. Esta página no desarrolla APQ-10. Real Decreto 656/2017, artículo único y anexo: títulos de las ITCs MIE APQ-1 y MIE APQ-10, impreso p. 65751, PDF físico p. 5.

El art. 2 de APQ-1 delimita las instalaciones de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de líquidos inflamables y combustibles en recipientes fijos. Remite a la clasificación del art. 4 y establece excepciones. El texto contempla, entre otras, capacidades inferiores a 250 litros para clase C; también describe supuestos de almacenamiento integrado en unidades de proceso.

Para este último, el artículo menciona la cantidad necesaria para alimentar el proceso durante un periodo de 48 horas, considerado un proceso continuo a capacidad máxima, y también recipientes de menos de 3.000 litros conectados directamente mediante tubería y alimentados por bombas de aspiración o gravedad. Estos ejemplos de redacción legal no constituyen una regla para clasificar cualquier área de proceso sin revisar los hechos. Real Decreto 656/2017, APQ-1, art. 2, impreso pp. 65768–65769, PDF físico pp. 22–23.

APQ-1 también incluye estaciones de carga y descarga de contenedores, vehículos o vagones cisterna con líquidos inflamables o combustibles y gases licuados inflamables, incluso cuando la operación sea hacia o desde una instalación de proceso. Por eso la excepción para almacenamiento integrado no debe resumirse como «todo lo conectado queda fuera». Real Decreto 656/2017, APQ-1, art. 2, impreso p. 65769, PDF físico p. 23.

El art. 4 de APQ-1 clasifica productos con criterios que incluyen punto de inflamación y, para clase A, presión absoluta de vapor a 15 °C.

En el texto original: la clase A se define por presión superior a 1 bar; clase B comprende productos con punto de inflamación inferior a 55 °C que no estén en clase A; B1 es inferior a 38 °C y B2 desde 38 °C hasta menos de 55 °C; clase C va de 55 °C a 100 °C.

El artículo añade que, para productos con punto de inflamación superior a 55 °C almacenados a temperatura por encima de ese punto, deben cumplirse las condiciones de almacenamiento prescritas para B2. No conviertas este resumen en una clasificación del éter de ejemplo: se necesitan los criterios completos y la información aplicable al producto y almacenamiento que se evalúan. Real Decreto 656/2017, APQ-1, art. 4, impreso pp. 65769–65770, PDF físico pp. 23–24.

Para el punto de inflamación, el mismo artículo remite a posibles métodos de ensayo recogidos en la tabla 2.6.3 del anexo I del Reglamento CLP. Esa remisión legal no significa que cualquier método mencionado en una FDS pueda usarse como un valor general para todos los productos o escenarios.

La norma sobre fichas pide que método y condiciones de medición se indiquen cuando sean relevantes para interpretar el valor; la ficha de Merck ofrece justamente un ejemplo de una línea con método y condiciones. Real Decreto 656/2017, APQ-1, art. 4, impreso p. 65770, PDF físico p. 24; Reglamento (UE) 2020/878, anexo II, parte B, preámbulo de §9.1, impreso p. 43, PDF p. 16.

Cómo dejar trazable el cribado

Un registro interno puede separar lo conocido de lo pendiente y conservar la procedencia de cada dato. La estructura siguiente es una propuesta editorial, no un formulario oficial.

Campo de registro Anotación que permite rastrear la evidencia Si falta el dato
Producto y documento Identificador de producto, CAS cuando figure, proveedor, idioma, versión y fecha de revisión de la FDS Mantener identidad sin confirmar; no sustituirla por un nombre comercial parecido
Clasificación de la FDS Texto de §2.1, incluidos categoría e indicación de peligro como aparecen No deducir una categoría que la ficha no declara
Propiedades de §9.1 Valor, unidad, método y condiciones de medición/referencia cuando proceda Marcar «no disponible» o «no aplicable» como lo indique la ficha
Recipiente y configuración Si el almacenamiento se refiere a recipiente fijo o móvil, cantidad y actividad documentadas No elegir la ITC solo por el adjetivo «inflamable»
Contraste de ámbito Artículo de alcance, criterio y excepción que se está comprobando Dejar la conclusión pendiente de revisión técnica competente
Fuente consultada URL, sección, página impresa y fecha de consulta Volver a la edición exacta antes de reutilizar el registro

En un ejercicio hipotético, una FDS puede identificar el producto y declarar propiedades mientras el expediente aún no indica volumen ni tipo de recipiente. Se transcriben los datos con su sección y método, y se dejan esos dos campos pendientes; la ficha no permite asignar una ITC ni concluir qué excepción aplica. No es un caso real ni una clasificación del producto.

Qué no resuelve esta página

Este cribado documental no determina la conformidad de un centro ni diseña recintos, ventilación, instalaciones eléctricas, cubetos, protección contra incendios, trasiego o equipos. La guía del INSST ofrece orientación preventiva, pero no sustituye el reglamento ni decide por sí sola la ITC. Antes de aplicar el análisis a un proyecto, consulta la publicación oficial y confirma las modificaciones pertinentes, las circunstancias del almacenamiento y la edición de la FDS.

Las fuentes de esta página incluyen el Real Decreto 656/2017 original, su corrección de 2018, el Reglamento (UE) 2020/878 y una ficha consultada el 8 de octubre de 2026; esa fecha no certifica que sean las únicas disposiciones aplicables ni que la ficha siga vigente. WizeeMind no presenta el expediente ni certifica el almacenamiento. INSST, Buenas prácticas para el almacenamiento de productos químicos peligrosos (2023).

Preguntas frecuentes

¿Qué datos conviene reunir antes de contrastar un líquido inflamable con APQ-1?

Identifica el producto y la versión de su FDS; registra la clasificación CLP de §2.1 y, cuando aplique, el punto de inflamación de §9.1(h), junto con el método y las condiciones pertinentes. Añade cantidad, tipo de recipiente y configuración que se quiere evaluar. La FDS no decide por sí sola la ITC. Reglamento (UE) 2020/878, anexo II, parte B, §§2.1 y 9.1(h), PDF pp. 6 y 17; Real Decreto 656/2017, APQ-1, arts. 1–4, PDF pp. 21–24.

¿La palabra «inflamable» basta para escoger la ITC?

No. Es una señal para iniciar el cribado, pero la clasificación, el punto de inflamación, el tipo de recipiente, la cantidad y las reglas de ámbito y exclusión deben contrastarse por separado. APQ-1 se titula para recipientes fijos y el propio Real Decreto enumera también APQ-10 para recipientes móviles. Real Decreto 656/2017, artículo único y anexo, y APQ-1 art. 2, PDF pp. 5 y 22.

¿La clasificación CLP de la FDS equivale a una clase APQ?

No debe traducirse una etiqueta CLP directamente a una clase APQ. La sección 2.1 identifica la clasificación CLP; APQ-1 define sus propias clases y subclases, incluidas categorías basadas en el punto de inflamación y, para la clase A, en presión de vapor. Reglamento (UE) 2020/878, anexo II, parte B, §2.1, PDF p. 6; Real Decreto 656/2017, APQ-1, art. 4, PDF pp. 23–24.

¿Qué muestra la FDS Merck 1.00923 sobre la sección 9.1?

En la versión 8.9, la ficha separa punto de ebullición, punto de inflamación, temperatura de autoignición y temperatura de descomposición. Solo la línea del punto de inflamación especifica copa cerrada y DIN 51755 Parte 1; en descomposición figura «Sin datos disponibles». FDS Merck 1.00923, §9.1, impreso p. 7.

¿Qué significa la excepción de 250 litros para APQ-1?

El art. 2 de APQ-1 excluye los almacenamientos de clase C con capacidad inferior a 250 litros. No es una excepción general para cualquier líquido inflamable ni sustituye la comprobación de las demás condiciones de aplicación. Real Decreto 656/2017, APQ-1, art. 2, impreso p. 65768, PDF físico p. 22.

¿Un producto con punto de inflamación superior a 55 °C queda fuera de APQ-1?

No se puede concluir eso solo con el valor. El art. 4 añade que los productos con punto de inflamación superior a 55 °C almacenados a una temperatura superior a ese punto deben cumplir las condiciones de almacenamiento de la subclase B2; el ámbito concreto requiere revisar los demás datos. Real Decreto 656/2017, APQ-1, art. 4, impreso p. 65770, PDF físico p. 24.